
Campaña sobre la concienciación canina
Campaña de concienciación a la ciudadanía para la recogida de heces y para la disolución con agua y vinagre de orines de los perros.
Objetivo: se pretende por la Concejalía, en ejercicio de las competencias que en materia de promoción de la salud se atribuyen al municipio por la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y Ley 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria y las que en lo relativo a los perros se contemplan en la Ordenanza de tenencia de perros y otros animales domésticos de este Ayuntamiento, el desarrollo de una campaña de concienciación para la ciudadanía sobre la obligatoriedad de recoger los excrementos caninos debido a los perjuicios que ocasiona la conducta incívica de unas pocas personas que no llevan a cabo tales acciones o no mitigan los efectos de los orines de los perros.
Las defecaciones de los perros depositadas en espacios públicos constituyen un problema de salubridad por la posible transmisión de enfermedades a los humanos, además de afectar al mantenimiento de las condiciones de higiene y estética de vías y parques. Pero, además, los orines constituyen un elemento que degrada el mobiliario urbano, las fachadas, las farolas y estropea el césped y las plantas.
Normativa aplicable:
La normativa en vigor prohíbe estas conductas incívicas y prevé sanciones para los infractores. En concreto, la Ordenanza de tenencia de perros y otros animales domésticos regula en su artículo 20 que:
Artículo 20
- Las personas que conduzcan los perros están obligados a adoptar las medidas necesarias para impedir que se ensucien las vías y espacios públicos, debiendo recoger los excrementos que los animales depositen en las aceras, vías, espacios públicos, jardines o parques.
- En el caso de que se produzcan, se recogerán las deposiciones por la persona que conduzca el perro y se introducirán en bolsas de basura que existen para tal fin, colocándose en los contenedores o papeleras existentes en la vía pública.
- Del incumplimiento de lo señalado anteriormente, serán responsables las personas que conduzcan los perros y, subsidiariamente, los propietarios de los mismos.
Por su parte, el artículo 48.2 f), de la misma Ordenanza considera falta grave sancionada con multa de hasta 200 euros:
No recoger los excrementos que el animal deposite en las aceras, vías, espacios públicos, jardines o parques.
Acciones previstas en el marco de la campaña: La campaña de concienciación incluye la emisión de videos en los autobuses urbanos recordatorios de la obligación que tienen los propietarios de las mascotas de recoger los excrementos, aconseja utilizar agua con unas gotas de vinagre para diluir los efectos de los orines y propone enseñar a los perros a orinar en alcantarillas en línea con las recomendaciones que efectúan otros Ayuntamientos del país.
También se expondrán carteles en las marquesinas de los autobuses con este contenido. Habrá dos marcos temporales en que se exhibirán los carteles:
- Del 13 al 27 de enero de 2025
- Del 10 al 24 de marzo de 2025