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GESTIÓN DE LAS COLONIAS FELINAs

LA GESTIÓN DE LAS COLONIAS FELINAS EN SANTANDER

En el año 2021, el Ayuntamiento de Santander inició los contactos con Asociaciones de bienestar animal que se venían ocupando en la práctica y de forma desinteresada, de la gestión de colonias felinas para articular una colaboración estable que permitiera abordar el problema detectado en la ciudad con las colonias de gatos urbanos.

Desde el año 2022, la Asociación Vecinos del Gato, principalmente, viene ocupándose de la aplicación del método CER en la ciudad y de la atención de gatos heridos o enfermos con la colaboración económica municipal y, además, decenas de alimentadores particulares, diariamente, se preocupan por el bienestar de los animales proporcionándoles sustento y atenciones, como han venido haciendo en los últimos años.

El 29 de julio de 2024 la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Santander aprobó el Programa de Gestión de Colonias Felinas por el método CER en el municipio que fija la hoja de ruta a seguir en relación con la población de gatos urbanos en la ciudad. La elaboración de este protocolo pretende ajustar la actuación del Ayuntamiento de Santander a la regulación de las colonias felinas establecida en el Capítulo VI del Título II de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y bienestar de los animales para lograr el fin último del control poblacional de los gatos comunitarios y garantizar su bienestar.

Desde la aprobación del Programa de Gestión, una veterinaria colegiada ha realizado la labor de mapeo y censo de las colonias existentes, con el número de individuos de cada una, estado

sanitario, gatos esterilizados…etc. Todos estos datos se recogen en una plataforma creada específicamente para este fin por el Ayuntamiento con la finalidad de llevar el control de la situación y de las variaciones que experimente, así como de la ubicación exacta de cada colonia.

Por otro lado, se han realizado jornadas de coordinación y formación para voluntarios sobre aspectos de la Ley 7/23, el programa de gestión y la forma indicada de alimentación y cuidados al objeto de proporcionales una acreditación como voluntarios formados y un chaleco identificativo que les permita desarrollar su importante labor con seguridad.

Además, contamos con la colaboración estable del Ilustre Colegio Veterinario de Cantabria para articular la participación de este colectivo tan necesario en la aplicación del método CER y el control sanitario de las colonias, así como en la actualización del censo.

 

Preguntas frecuentes 

Un grupo de gatos de la especie Felis catus, que viven en estado de libertad o semilibertad, que no pueden ser abordados o mantenidos con facilidad por los seres humanos debido a su bajo o nulo grado de socialización, pero que desarrollan su vida en torno a éstos para su subsistencia; es decir, que dependen principalmente de los recursos que, voluntaria o involuntariamente, les ofrecen los seres humanos.

Colonia felina en la comunidad integrada por varios gatos que tienen un vínculo entre sí, que viven en libertad, en un espacio privado o público, ubicada en zonas urbanas, periurbanas, zonas verdes u otras.

Los gatos que forman las colonias provienen, o bien de animales abandonados o perdidos que han vuelto a estados de escasa o nula socialización, o bien de camadas nacidas en la calle a partir de gatas que vagan libremente desde sus domicilios y que no están esterilizadas, así como de las propias camadas de los gatos comunitarios.

La Ley 7/2023 de Protección de los derechos y el bienestar de los animales prohíbe el sacrificio de los gatos, su confinamiento en centros de protección animal, el abandono de gatos en las colonias, la suelta en colonias distintas a la propia de origen, la retirada de gatos de su colonia con las excepciones previstas en la Ley, y la reubicación o el desplazamiento de gatos comunitarios, también con contadas excepciones, como que los gatos en libertad supongan un riesgo para la salud y seguridad de las personas.

La presencia de gatos comunitarios en el entorno puede ser un motivo de conflicto, rechazo y/o preocupación para la población: la propia presencia de los gatos, el riesgo de que sus condiciones de bienestar no sean las adecuadas o las prácticas inadecuadas de las personas cuidadoras (escaso mantenimiento de las condiciones de higiene, colocación de puntos de alimentación y refugios en lugares inapropiados o sobrealimentación de los animales sin aplicar el método CER).

Dada la naturaleza de los gatos comunitarios, su gestión debe realizarse respetando su escasa o nula socialización con el ser humano y su vinculación con el territorio donde residen. No obstante, es imprescindible gestionar estas poblaciones para conseguir su progresiva disminución, al tiempo que se mejoran sus condiciones de bienestar y se minimizan sus impactos en el entorno controlado. La aplicación del método CER, la colaboración de voluntarios y los profesionales de la veterinaria garantizan el equilibrio y control de las colonias.

El sistema de control poblacional CER (Captura-Esterilización-Retorno) es un método por el que se captura el mayor número de gatos de la colonia (idealmente el 100%), se les censa, identifica,

esteriliza y retorna a su lugar de origen de la forma más rápida e incruenta posible, respetando al máximo los parámetros de bienestar animal.

El primer efecto de la aplicación del sistema CER es la estabilización de la población de una colonia, pero para que la actuación sea eficiente debe alcanzarse el mayor porcentaje posible de esterilización en cada colonia -hasta superar el umbral en el que no se producirá crecimiento poblacional- antes de iniciar las acciones en una nueva colonia.

La Ordenanza municipal de Gestión de Residuos Urbanos y Limpieza Viaria prohíbe facilitar cualquier tipo de alimento en la vía pública a los gatos, pudiendo llegar la multa hasta los 600 €. No obstante, para adecuar esta prohibición a la Ley de Bienestar Animal, el Ayuntamiento de Santander ha formado y acreditado a voluntarios para que puedan realizar esta labor. Las personas no autorizadas no pueden alimentar a los gatos de las colonias.

El artículo 39.1. a) de la Ley 7/2023, de Bienestar Animal, señala que corresponde a las Entidades Locales la gestión de los gatos comunitarios para lo que deberán desarrollar Programas de Gestión de Colonias Felinas, debiendo incluir entre otros aspectos, los derechos y obligaciones de los Cuidadores de Colonias Felinas.

*Fuente: Directriz técnica de la Dirección General de los derechos de los animales sobre gestión de poblaciones felinas